Incidencia de grupos externos en la dinámica legislativa

Manifestaciones realizadas en desacuerdo por reformas a la ley de ONG´s.

En relación a protestas recientes que se han llevado a cabo por la entrada en vigencia de las reformas aprobadas a la Ley de ONG´s en febrero de 2020, mediante Decreto Número 4-2020, analistas señalan que las mismas obedecen, en voz de los mismos protestantes, a la potestad que se dio al Ministerio de Gobernación de quitar el registro a éstas si considera que están violando el orden público, sin necesidad que: a) se solicite a un tribunal el cierre de las mismas; y, b) sin que se otorgue mecanismo de defensa alguno a dichas instituciones, aparejado al hecho de la obligación que tienen esas entidades de: i) registrarse ante la Superintendencia de Administración Tributaria y, ii) reportar a esta institución anualmente sus informes financieros.

Señalan los analistas que, en palabras de los manifestantes, con ello, el gobierno tendría control sobre los fondos proveídos por donantes nacionales del sector privado e internacionales que apoyan a las ONG´s, entre ellas, las que prestan servicios sociales a la población, por lo cual, sugieren los analistas, la pertinencia que los legisladores analicen la viabilidad de reformar nuevamente esa ley, y retornar las disposiciones a la forma con que aquellas estaban funcionando antes de la reforma aprobada.

 

CSJ paraliza en ese Organismo diligencias de antejuicio en contra de Magistrado Presidente del TSE, Ranulfo Rojas Zetina

En relación a la paralización por parte de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, de las diligencias de antejuicio que se promueven en contra del Magistrado Presidente del Tribunal Supremo Electoral, Ranulfo Rafael Rojas Zetina, por el caso Fénix (obstrucción de justicia, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes cuando fungía como agente fiscal del Ministerio Púbico), analistas señalaron que se trata de un exceso de competencias de la Corte Suprema de Justicia, por cuanto que el órgano competente, conforme la Constitución Política de la República, para disponer si deben declararse con lugar o no dichas diligencias de antejuicio es el Congreso de la República.

Agregan los analistas que con esa resolución, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia protegen a un exmagistrado que fungió junto a ellos en ese alto tribunal, demostrando de ese modo que la amistad está por sobre el imperio de la ley, la que obliga a investigar todo aquellos indicios que son constitutivos de delito, lo que en el presente caso no puede producirse debido a la resolución emanada con la que le continúan protegiendo de investigaciones penales que en su contra se han iniciado.  Con ello, concluyen los analistas, se evidencia que hay diversos sectores, entre ellos la misma Corte Suprema de Justicia, que trabajan en favor de la impunidad, dispuestos a autoprotegerse, así como a los suyos.